Buenas noches:
Les comparto una escena de la serie “El Sultán” que trata de un juicio en el Imperio Otomano en el siglo XVI. A partir del mismo, un embajador francés que estuvo presente quedó sumamente admirado por lo que había escuchado y realizó reflexiones críticas a su propio sistema de justicia que envió a su rey. El video son menos de 6 minutos que dan cuenta de las garantías en juicio que estamos estudiando aunque varios siglos atrás en una cultura musulmana.
El juicio es celebrado en la Corte por el juez de Estambul durante el sultanato de Süleyman I, entre 1520 y 1566, conocido como Solimán el Magnífico en español. Eran los tiempos de Martín Lutero y la Reforma Protestante, del colonialismo en América luego del mal llamado descubrimiento, de “El Príncipe” de Nicolás Maquiavelo en una Italia fragmentada. También eran los tiempos en que regía la Inquisición, por lo cual trazar una comparación con el juicio de la escena se vuelve más relevante.
Lo interesante es reconocer cómo esta forma de impartir justicia y el tratamiento de la ley nos enfrenta a nuestro prejuicios y nos invita a realizarnos nuevas preguntas para (re)pensar nuestro propio sistema jurídico e historia en materia legal.
No digo mucho más para evitar spoilear. El juicio se encuentra a partir del minuto 42:33 hasta el 48:05 del capítulo 79 de la serie en el enlace que está debajo. Si lo miran después podemos seguir conversando, me resultó muy apasionante y aleccionador sobre nuestras miradas de la historia y de otras culturas.
Saludos,
Julieta Mira
https://www.youtube.com/watch?v=Unk7OaSkxOI
Muy interesante aporte Julieta.
ResponderEliminarNos hace pensar sobre la soberbia del "mundo jurídico" del civil law (al cual pertenecemos por herencia), quienes a lo largo de los años, vaya uno a saber por qué, hemos tendido a pensar que nuestra forma de hacer justicia (expedientes, formalismos inútiles, burocracia secuencial, escritura, tiempos eternos...) es la única forma de hacer justicia.
Es muy gráfico que quien escribe la carta sea el embajador de Francia. Es decir, país de Europa continental, eminente exponente del civil law. Creo que aún hoy los países del civil law padecen de casi los mismos problemas (juez de instrucción, procesos burocráticos, escrituralismo, subestimación de la importancia del juicio oral y público, etc), que tienen su origen en las épocas de las monarquías absolutistas y la Inquisición. En esos entornos, a la vez, ha calado muy profundo un positivismo jurídico que ha llegado a convencerse de que el juicio es un acto científico. Es muy común hoy en día que los y las juristas de Europa continental (y de las que eran sus colonias) sigan defendiendo a la escritura, al secreto, al trámite burocrático, a una justicia exclusivamente técnica... y todo eso ostentando un gran desconocimiento de otras formas de hacer justicia y reposando en prejuicios repetidos como mantra pero carentes de todo sustento racional (en la entrada que subimos sobre frases juradistas, lean el fragmento de Mittermaier, jurista alemán que en su célebre tratado se encargó de estudiar al sistema de jurado anglosajón y responde a las críticas que escuchaba en su época en Europa continental, que básicamente son idénticas a las que se escuchan ahora en Argentina).
Creo que Argentina (al menos muchas de sus provincias, y esto es algo que siempre remarca Harfuch) están siendo un lindo ejemplo de "rebelión" contra los "sagrados paradigmas" europeo continentales. Obviamente es un proceso lento (tanto que en ocasiones parece que retrocede) y teñido de miles de problemas, pero un proceso de reforma no puede transitarse rápidamente y sin problemas. Las marchas y contramarchas son el camino de la reforma, según nos enseña Binder.
Esto último es, en definitiva, lo que proyectaron nuestros Constituyentes cuando aprobaron una Constitución Nacional de inspiración anglosajona. El jurado era la alternativa elegida para hacer frente a la Inquisición colonial.
Saludos!
CP